Novedades por las que se regulan las prácticas no laborales en empresas
Escrito por José Antonio Gallardo NavarroRecientemente ha sido publicado mediante Real Decreto 1543/2011 de 31 de Octubre, la nueva regulación de las practicas no laborales en las empresas.
Alude la exposición de motivos a la situación actual de crisis economica que ha llevado al desempleo a muchas personas, sobre todo a las más jovenes. En este contexto se encuentran con especial dificultad de insercersión en el mercado laboral aquellas personas jovenes que, aún teniendo una formación académica o profesional acreditada, carecen de experiencia laboral. Igualmente hace referencia a que la responsabilidad social empresarial cada vez adquiere más importancia dentro de los planes estrategicos de las empresas. Por lo que resulta urgente y necesario articular medidas que incrementen las oportunidades de empleo para este colectivo, medidas que deben contribuir a facilitar su acceso al mercado de trabajo, a la ocupación y a la adquisición de práctica laboral en un entorno real.
Regula este Real Decreto una nueva medida que consiste en el desarrollo de practicas no laborales por parte de las personas jovenes, con problemas de empleabilidad, en las empresas que hayan celebrados previamente convenios con los Servicios Publicos de Empleo.
Las citadas prácticas se desarrollarán por personas jóvenes, entre 18 y 25 años, desempleadas, que tengan cualificación profesional, ya sea en el ámbito educativo o laboral, pero nula o escasa experiencia laboral, bajo la dirección y supervisión de un tutor, en los centros de trabajo de la empresa y tendran una duración entre seis y nueve meses.
Deben de poseer una titulación oficial universitaria, titulación de formación profesional, de grado medio o superior, o titulación del mismo nivel que esta última, o bien un certificado de profesionalidad. Asimismo, no deberán de haber tenido una relación laboral y otro tipo de experiencia profesional superior a tres meses en la misma actividad, no teniendose en cuenta a estos efectos las practicas que formen parte de los curriculos para la obtención de las titulaciones o certificados correspondientes.
Quedan excluidas del ambito de aplicación de este real decreto las prácticas academicas externas, curriculares y extracurriculares, de los estudiantes universitarios, que se regiran por su normativa especifica.
Previamente al acuerdo que suscriban las empresas y las personas jovenes, en donde se describirán las prácticas, las empresas tendrán que haber celebrado un convenio con los Servicios Publicos de Empleo para el desesarrollo de las mismas, por medio del cual aquellas presentarán el programa de prácticas no laborales y los Servicios Publicos de Empleo realizarán la preselección de candidatos. Asimismo, por la participación en el programa a la finalización de las practicas obtendrán un certificado.
Las personas jovenes participantes recibiran de la empresa en la que desarrollen las prácticas percibirán una beca de apoyo cuya cuantia sera como minimo del 80 % del IPREM mensual vigente en cada momento (532€/mes)
Asimismo a estas personas les serán de aplicación los mecanismos de inclusión en la Seguridad Social, contemplados en el RD 1493/2011 de 24 de octubre, por el que se regulan los terminos y condiciones de inclusión en el Regimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación
Las personas jovenes que hayan participado en el programa de prácticas no laborales podrán ser contratadas a la finalización o durante el desarrollo de las mismas, bajo cualquier modalidad de contratación, de acuerdo con la normativa laboral vigente en ese momento.
Los contratos de trabajo celebrados con las personas jovenes que se suscriban tras la participación de estas en el programa de prácticas no laborales, se podrán acoger a los incentivos que en materia de contratación existan en la legislación vigente en el momento de la contratación, de acuerdo, con la normativa que resulte de aplicación.
Desde Gallardo&Partners, podemos asesorales en las posibilidades de utlizar este Real Decreto en el caso concreto de su empresa.



